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¿Cómo poner en situación legal de empleo a una trabajadora doméstica?

Necesitas de una trabajadora doméstica?

Sabes cómo poner en situación legal de empleo a una trabajadora doméstica?

Para ello es necesario saber de antemano información correspondiente que podría facilitar el proceso. 

Hoy en día ciertos hogares buscan contar con estos servicios de limpieza legalmente pero, cómo poner en situación legal de empleo a una trabajadora doméstica?

En este post queremos dar a conocer todo lo que tienes que saber sobre la situación legal en empleados domésticos. Así que te invitamos a seguir leyendo para que conozcas más de esta profesión!

Índice de Contenidos

    Qué es una empleada del hogar o trabajadora doméstica?

    Cuando aludimos a un empleado del hogar engloba a personas cuya profesión se basa en labores de limpieza, cocina o mantenimiento de las instalaciones en hogares o propiedades privadas.

    trabajadora doméstica

    Es obligatorio que la trabajadora doméstica posea su situación regularizada en la Seguridad Social?

    Sí. Toda trabajadora doméstica o empleada del hogar que realicen trabajos continuos deben estar dados de alta en el Sistema Especial para Empleados del Hogar en el Régimen General de la Seguridad Social Española.

    No obstante, sí se encuentran ciertas excepciones, las cuales son:

    • Empresas jurídicas o individuos profesionales que estén dados de alta como profesionales de la SS.
    • Cualquier tipo de ocupación, labor o trabajo ejecutado por familiares.
    • Si los trabajos son realizados con título de amistad, caridad o benevolencia.

    Para ponerse más en contexto, aquellos profesionales contratados a través de empresas o figurando como servicio autónomo NO pueden regularizarse. Ya que anteriormente se ha concretado de manera individual un trámite el cual es ajena al empleador. 

    Asimismo, serán exentos aquellas ocupaciones/trabajos que son realizados por familiares directos. Es decir, al solicitarse la ayuda continua de un familiar y este realice las tareas pertinentes a la trabajadora doméstica, no deberá figurar como dado de alta.  

    Quién es el responsable de dar de alta en la seguridad social a la trabajadora doméstica? 

    El dueño de la casa o propiedad privada, es el encargado de dar de alta al empleador. Asimismo, este deberá realizar y gestionar la documentación respectiva para regularizar la situación de su o sus empleadas. 

    Cómo se da de alta a la empleada del hogar en el Sistema Especial? 

    Tienes dos opciones para dar de alta a la empleada del hogar dentro del Sistema Especial los cuales son los siguientes:

    • Por internet ingresando a la página web de Seguridad Social. Es importante tener instalado el Certificado Digital con vigencia. 
    • Por otro lado, se puede realizar el alta del empleado a través de la sede electrónica de la seguridad social con ayuda del Sistema Cl@ve

    Si quieres ingresar a través de la sede electrónica TGSS haz clic aquí

    • Presencialmente presentando en las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social o TGSS.

    Qué documentos necesita presentar? 

    Dependerá de la forma seleccionada, teniendo datos o documentación diferente para aportar. A continuación se presentan dos apartados diferentes con documentación distinta: 

    Telemáticamente (Internet)

    Necesitarás rellenar los siguientes campos dentro de la web de la Seguridad Social:

    • Datos del empleados

    Es decir, datos personales de la persona quien concretará los trámites y pagos de las cuotas al sistema de la seguridad social. Entre estos datos se presentarán el Código de Cuenta de Cotización (CCC) el cual facilitará la SS como empresarios individuales. 

    • Datos del empleado/a del hogar: Datos personales y número de la Seguridad Social (NUSS).
    • Datos del contrato o relación laboral: Número de horas trabajadas, salario a cotizar por el trabajador, fecha de inicio del contrato y finalización del mismo (En caso de haber finalización), si existen retribuciones, si el trabajador trasnochar en la vivienda y más. 

    Presencialmente (Oficinas)

    Deberá solicitar una cita previa y acudir a las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad. Luego de disponer de la cita previa deberá traer consigo lo siguiente:

    • DNI, NIE o pasaporte del empleador y el trabajador/a.
    • Contrato de trabajo en formato papel con 2 copias.
    • Solicitud de alta en el Sistema Especial de Empleados del Hogar de la Seguridad Social rellenada. 
    • Código de cuenta de cotización (CCC). Si aún no dispones del mismo, haz clic aquí. 

    Cuál es el plazo a cumplir para dar de alta a un empleado doméstico?

    Se debe cumplimentar el trámite previo a la relación laboral, por ende, tendrá un máximo de 60 días previos. 

    En caso de que el trabajador realice las tareas y no llegue a 60 horas al mes para su empleador, el trámite podrá realizarse por su cuenta previo al acuerdo.

    Si es así, el trabajador del hogar asumirá los gastos y cuotas de la seguridad social. 

    Es posible realizar modificaciones o baja del trabajador posterior al trámite?

    Sí pueden ser realizadas modificaciones o bajas. Las modificaciones pueden ser a través de la parte contractual (contrato). Se podrá cambiar a posteriori número de horas trabajadas, salario, tipo de contrato, vacaciones y más. 

    El sistema también te permite dichas acciones siempre y cuando sea en los 3 días siguientes a la finalización del contrato de trabajo. 

    Cuánto es el salario o cotización del empleado o trabajador doméstico? 

    El salario por trabajo de 40 horas semanales es igual al SMI marcado por la ley en 2021. El empleador debe crear una nómina para el trabajador con la transferencia/pago de su trabajo.

    Si es jornada parcial, deberá pagarse el precio mínimo indicado por hora dentro del salario interprofesional de la Ley

    Es obligatorio la aplicación del IRFP al trabajador o empleado del Hogar? 

    El empleados NO tiene la obligación de realizar las retenciones del IRFP. El trabajador debe regularizar su situación con la agencia tributaria.

    Se debe pagar algo más además del salario correspondiente?

    Sí; las cotizaciones a la seguridad social del empleado a su cargo mensualmente. Las mismas varían dependiendo del sueldo que presenta el trabajador del hogar. 

    Es importante multiplicar la base de cotización por 23,60% de los empleados y el 4,70% del trabajador, así se sabrá cuál es el total a abonar en Seguridad Social. 

    Ingresa a la web de la TGSS para más información

    Ingresa a la página de la TGSS en el apartado de regímenes especiales para empleados del hogar para más información.

    Preguntas frecuentes:

    Qué derechos tiene una trabajadora doméstica?

    Alimentación sana y adecuada. Dependiendo de la situación, se pagan 15 días de salario cada año como bonificación o parte proporcional.
    Trate con dignidad, respeto y amabilidad. Respete su cuerpo, raza, religión, situación económica y orientación sexual.

    Cuánto cobra una empleada de hogar interna 2022?

    14000 euros
    Según la última revisión del salario mínimo interprofesional en 2020, se cobrará al personal de enfermería interno 14000 euros anuales, lo que equivale a 1000 euros mensuales y 2 pagos completos.
    El salario también se aplicará a todos los días a partir de las 8 horas de la fecha externa.

    Cuánto cuesta dar de alta en la Seguridad Social a una empleada de hogar?

    Tabla Bases Cotización Empleadas Hogar 2020 (Seguridad Social)* – 2019 en vigor
    Tramo
    Sueldo Bruto SBM (€/mes) Cuota Empleador/a* 25,10% (€)

    Tramo 01 De 0 hasta 240,00 51,71 €

    Tramo 02 Desde 240,01 hasta 375,00 85,34 €

    Tramo 03 Desde 375,01 hasta 510,00 118,97 €

    Tramo 04 Desde 510,01 hasta 645,00 152,61 €