Eres una trabajadora del hogar y necesitas afrontar la crisis económica?
O bien, estás buscando una prestación que pueda ayudarte a mitigar la situación económica vulnerable en la que actualmente estás viviendo debido al COVID19.
La prestación para trabajadoras del hogar por el coronavirus puede ser la opción.
Es muy posible que estés ahora mismo viviendo una situación de vulnerabilidad económica como trabajadora doméstica; desempleada o con jornada reducida.
Sabías que personas en estas situaciones pueden y tienen el derecho a determinadas ayudas?
Es hora de que conozcas la prestación para trabajadoras del hogar por el coronavirus con ayuda de este post.
Podrás encontrar todo lo concerniente a este subsidio, incluyendo su proceso para solicitarlo, el plazo de tiempo de la prestación
En qué se basa la prestación para trabajadoras del hogar por el coronavirus?
La prestación para trabajadoras del hogar por el coronavirus se basa en un subsidio económico.
El mismo engloba a cada una de las trabajadoras domésticas las cuales hayan quedado en situación de desempleo o bien su jornada se ha visto reducida por origen de la crisis del COVID-19.
Esta medida fue anunciada a la par que la asistencia a los trabajadores temporales, quienes fueron privados de sus trabajos.
Es decir, despedidos durante una emergencia sanitaria.
De esta manera, aún en el caso de estar desempleado/a o con menos trabajo, los empleados o trabajadores familiares que no tengan derecho a la prestación por desempleo, aún estando inscritos en la Seguridad Social, tendrán disponibilidad de recibir por primera vez las subvenciones.
En efecto, los/las trabajadores/as también podrán realizar la cotización de la subvención en función de la parte del día en donde continúan laborando.
Los últimos datos actuales contemplados por el Ministerio de Trabajo afirman que en España 319.000 trabajadoras están inscritas en el Programa Especial de Trabajadoras del Hogar.
Cuánto dinero percibirá el/la trabajador/a doméstico/a?
Lo que percibirá la trabajadora doméstica o bien trabajador será igual al 70% del pago base para los trabajadores domésticos, que asimismo depende de los ingresos que declaran y costean impuestos.
A estas cotizaciones por parte de la prestación no se incluye la jornada laboral o el tiempo no declarado.
Pues, según el informe Económico de la Seguridad Social de 2019, la base de cotización mensual media de la organización se fija en 543,05 euros.
Es decir, que los trabajadores domésticos podrán beneficiarse de una subvención media de 380 euros.
Si no estoy dado de alta en la seguridad social ¿Puedo solicitar/recibir este subsidio?
Lamentablemente no. Si un trabajador doméstico no está dado de alta en la seguridad social como trabajador previo a la crisis no podrá recibir o solicitar la ayuda económica.
Esta asistencia no es aplicada para los +200,000 trabajadores de hogar que no están inscritos en la Seguridad Social.
Según las últimas cifras del Instituto Nacional de Estadística (INE) contempla que los 585.000 trabajadores no figuran con los 319.000 elaboradores inscritos.
En consecuencia, se origina una economía oculta o subyacente a la administración que no puede ser percibida de prestaciones.
Por otro lado y en este contexto, los trabajadores únicamente podrán disponer del nuevo subsidio originado por el gobierno. El mismo se conoce como Ingreso mínimo vital; para ello deberán de cumplir con los requisitos únicos de esta prestación.
Puedes saber más del Ingreso Mínimo Vital haciendo clic en el siguiente enlace
Esta prestación se encuentra aún vigente?
Por supuesto. La prestación para trabajadoras domésticas por el coronavirus está en vigencia, teniendo como 4 de mayo la fecha donde se publicó el procedimiento para su solicitud por parte del BOE.
Desde el día 5 de mayo y con un mes después de finalizado el estado de alarma, todas las empleadas del hogar que cumplan con los requisitos podrán beneficiarse y percibir este subsidio.
Cuáles son los requisitos para solicitar esta prestación?
Para solicitar esta prestación o subsidio es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser desempleado o haber perdido parte de los ingresos habituales a raíz de la crisis sanitaria del COVID-19.
- Para percibir esta prestación es importante estar dada de alta como empleada del hogar antes de que la crisis económica, global y sanitaria del COVID-19 se haya anunciado oficialmente.
Cómo se realiza la solicitud?
Para tramitar las subvenciones es importante presentar la documentación necesaria en los registros oficiales, en la oficina de correos o bien mediante la web del Servicio Público Nacional de Empleo (SEPE). Las documentación a presentar son los siguientes:
- Rellenar y completar el formulario de solicitud correctamente. Puedes conocer más sobre el mismo y otra información haciendo clic aquí.
- Carta de despido o baja voluntaria de la seguridad social por desempleo.
- En caso de que el empleador tenga que reducir la jornada laboral o sus días laborales, tendrá que aportar una declaración responsable indicando se ha experimentado disminución de clientela.
Esta ayuda puede complementarse con prestaciones ajenas?
Sí. Esta prestación puede compaginarse con otros subsidios o subvenciones similares, es decir, para trabajadores por cuenta propia o bien ajena.
Sin embargo, sólo será así siempre y cuando la suma de ambas prestaciones no sobrepase el límite de 950 Euros mensuales procedentes del SMI 2020.
Esta ayuda no podrá, además, compatibilizarse con prestaciones tales como subsidios por baja temporal o por el permiso retribuido recuperable.
Si eres una trabajadora con un contrato temporal de dos meses de duración mínimo, el cual se extinguió posterior al estado de alarma y no es posible beneficiarse de subsidios o prestaciones ajenas, tienes la disponibilidad de acceder a una ayuda estatal equivalente al 80% del Indicador Múltiple Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, 430 euros.
En este caso la ayuda no es compatible con renta mínima, salario social, renta de inclusión o ayudas análogas originadas de las Administraciones Públicas así como cualquier otro subsidio de desempleo.
Cuál es el plazo del subsidio?
El plazo del subsidio es de un mes máximo sin opción a prórroga.
Información en Video:
Preguntas frecuentes:
Qué prestaciones tiene derecho una empleada doméstica?
Las trabajadoras domésticas tienen derecho a que se le paguen las siguientes prestaciones: Prima de servicios. Auxilio de cesantías. Intereses sobre cesantías.
Cuánto dura el subsidio para empleadas de hogar?
365 días
El subsidio dura hasta que la trabajadora cause de nuevo alta en el Régimen Especial de Trabajadoras del Hogar de la Seguridad Social, con un máximo de 365 días, que podrán prorrogarse otros 180 si durante ese periodo se prevé la curación de la trabajadora.
Cuándo se puede jubilar una empleada de hogar?
Dicho en otras palabras, y a modo de ejemplo, a partir de 2018 se exigirán 36 años y 6 meses de cotizaciones y la edad de jubilación será de 65 años y 6 meses, igual que para todos.
Dónde presentar el subsidio empleadas de hogar?
La persona trabajadora podrá descargar e imprimir la solicitud y presentarla en cualquier oficina de asistencia en materia de registros y también las oficinas de correos dirigiéndola a la siguiente dirección: Unidad Subsidio Empleadas Hogar. Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal.
Cuánto cobra de jubilación una empleada doméstica?
Nuevos valores. La parte de los aportes que va al régimen jubilatorio (contribución del empleador) en 2020 es de $ 86,97 por mes (en 2019 era de $ 57,55) por mes y la obra social de $ 1.041,22 (el año anterior, $ 689 por mes. Este valor también se aplica a los familiares de afiliación voluntaria. Menos de 16 horas.
CEO en Plaza Software C.O. y en Sepecursosgratis.es. Experto en empleo y en formación. Debido a su largo recorrido ayudando a personas a encarrilar su vida profesional, es el experto que más puede ayudarte en la actualidad para que mejores tu carrera profesional hoy mismo