Quieres saber el listado de prestaciones por desempleo hasta el momento? Quieres conocer qué subsidio para desempleados te conviene según sus aspectos? Si es así, has llegado al lugar indicado Sigue leyendo!
En este artículo podrás encontrar información referente a la prestación por desempleo hasta ahora.
Conocerás de esta manera aspectos que engloban a prestaciones como el paro, subsidio por desempleo, y ayudas para desempleados sin prestación.
No te lo pierdas!
Listado en materia de prestación por desempleo
En el momento que un trabajador queda en situación de desempleo involuntariamente, tiene acceso a la solicitud de la prestación por desempleo.
Sin embargo, la misma dependerá de la cotización que haya acumulado en cierto tiempo para beneficiarse de esta ayuda.
Por el momento, el SEPE tiene a la disposición de sus usuarios tres tipos de prestaciones por desempleo:
- Prestación Contributiva o “El paro”,
- Subsidio por desempleo,
- Ayudas posteriores al subsidio o ayudas extraordinarias.
Las tres cumplen con la principal función de ayudar económicamente a los desempleados. Entiéndase por situación legal de desempleo cuando:
- Ha perdido el trabajo de forma involuntaria, es decir, el contrato haya finalizado o haya suspendido el mismo. También puede que lo hayan despedido.
- Es español y regresa luego de haber terminado en los países que ha residido.
- Ha finiquitado su periodo en prisión al cumplir una pena privativa de libertad,
- Es un trabajador de campo y se encuentra residiendo en Andalucía o Extremadura.
En consecuencia, según las cotizaciones que el trabajador haya acumulado antes de estar desempleado, podrá solicitar una prestación por desempleo contributiva o asistencial.
Prestación contributiva o “El paro”
Comenzando con la prestación contributiva la cual es conocida como “El paro”.
Es una ayuda económica para desempleados en donde pueden beneficiarse cada uno de los trabajadores que han perdido su labor involuntariamente y acumularon una cotización de 365 días al menos en los últimos seis años.
- Requisitos para la prestación por desempleo o paro
Los requisitos son:
- Haber cotizado como mínimo 365 días a través de los seis años previos a la situación legal de desempleo,
- Estar afiliado a la Seguridad Social y en alta o en una situación similar dentro de la entidad que cotiza por desempleo. (Los empleados del hogar no perciben esta cotización y por ende, no tienen disposición de solicitar el paro tras su desempleo),
- Acreditar que la persona dispone tiempo para comenzar una búsqueda activa de empleo,
- Firmar un compromiso de actividad al tramitar esta ayuda,
- No contar con la edad fija para jubilarse, si es así, deberá solicitar la pensión de jubilación,
- Estar de alta como demandante de empleo o bien apuntarse al paro. También debe mantener esta inscripción desde el comienzo y final de la prestación.
- No cotizar una prestación de Seguridad Social incompatible con el trabajo, como es el caso de la gran invalidez o incapacidad permanente absoluta.
- ¿A dónde debo acudir para tramitar la solicitud del paro?
Debes acudir a la oficina SEPE en los 15 días siguientes al cese del trabajo. Deberá presentar el Modelo de Solicitud de esta prestación y la siguiente documentación:
- DNI (Para extranjeros; Pasaporte, NIE o TIE),
- Documento que contemple el número de cuenta bancaria a recibir la prestación,
- Libro de familia o documento similar para extranjeros.
- ¿Cuánto cotiza el paro? ¿Cómo calculo la cotización del paro?
En los primeros 180 días se beneficiará el 70% de la base reguladora. A partir del día 181, se percibirá únicamente el 50%.
Para hacer un cálculo preciso, te invitamos a hacer clic aquí.
Tabla de los días cotizados para el paro:
Tiempo que la persona ha laborado los últimos 6 años: | Tiempo según dichos años laborados: |
De 360 hasta 539 días | 120 días |
De 540 hasta 719 días | 180 días |
De 720 hasta 899 días | 240 días |
De 900 hasta 1.079 días | 300 días |
De 1.080 hasta 1.259 días | 360 días |
De 1.260 hasta 1.439 días | 420 días |
De 1.440 hasta 1.619 días | 480 días |
De 1.620 hasta 1.799 días | 540 días |
De 1.800 hasta 1.979 días | 600 días |
De 1.980 hasta 2.159 días | 660 días |
A partir de 2.160 días | 720 días |
- Cuánto tiempo dura el paro?
El tiempo se estimará según los días cotizados al trabajar (En la tabla de arriba podrá saber más el mismo).
El subsidio por desempleo
A diferencia del anterior, el subsidio por desempleo no obliga a reunir 365 días cotizados, sino que engloba a personas que no reúnan con lo mismo, hayan agotado el paro y estén desempleados.
- Requisitos para el subsidio por desempleo
Los requisitos son:
- Se ha agotado el paro o no reúnen las cotizaciones suficientes para su solicitud.
- No perciben rentas mayores al 75% del SMI (En 2020, son 750 mensuales).
- Estar dados de alta en los Servicios de Empleo Autonómicos en su comunidad.
- A qué ayuda por desempleo puedo optar?
Esto dependerá de si tiene por ejemplo, cargas familiares, ser liberado de prisión o haber pasado una incapacidad permanente entre otros. Actualmente, dispones de las siguientes ayudas por desempleo:
- Subsidio por insuficiencia de cotización.
- La ayuda familiar
- Subsidio para emigrantes retornados
- Subsidio por mejoría de una invalidez
- Subsidio Agrario y la Renta Agraria
- Subsidio para los liberados de prisión
- ¿Cómo se tramita la solicitud para el subsidio de desempleo?
Primeramente, debes esperar un mes y a continuación, asistir al SEPE en un plazo de 15 días siguientes a la espera.
En caso de no haber cotizado lo suficiente para el paro, dispone de 15 días desde su desempleo.
Deberá presentar lo siguiente:
- Modelo de solicitud para el subsidio por desempleo.
- DNI (Extranjeros: Pasaporte, NIE o TIE),
- Número de cuenta bancario a recibir el subsidio (Debe ser el titular),
- Libro de familia o equivalente para extranjeros,
- Justificantes de renta si el SEPE lo requiere.
- Cuánto se cotiza por este subsidio?
En 2023, el beneficiario recibirá un 480 euros mensuales (El 80% del IPREM).
Ayudas excepcionales para desempleados sin prestación
Puedes solicitar ayudas excepcionales para desempleados sin prestación, tales como:
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