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Nuevas medidas de Ingreso Mínimo Vital

Recientemente se ha propuesto y acordado las nuevas medidas de Ingreso Mínimo Vital con sus requisitos. 

En este artículo encontrarás todos los detalles sobre las nuevas medidas de Ingreso Mínimo Vital que se han acordado para su obtención.

Encontrarás información sobre las novedades principales, los requisitos del IMV, obligaciones para personas beneficiarias del IMV y la finalización de esta prestación. ¡Sigue leyendo!

Índice de Contenidos

    Cuáles son las nuevas medidas de Ingreso Mínimo Vital? 

    Antes de que sepas cuáles son las nuevas medidas de Ingreso Mínimo Vital, si no habías conocido antes sobre esta prestación, el IMV es una ayuda para prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de personas que viven solas.

    O en cambio, son personas quienes carecen de recursos económicos básicos para abarcar sus necesidades básicas.

    Qué novedades tiene el IMV 2022?

    Está pendiente la publicación del Boletín Oficial del Estado (BOE), sin embargo, las medidas o novedades son las siguientes:

    • Siempre que se cumplan los requisitos fijados del IMV y se inscriban en el registro de mediadores, todas las entidades del tercer sector (es decir, asociaciones, ONG u otros), podrán tomar el papel de mediadores sociales del IMV. Para ello, se establecen una serie de condiciones a cumplir:
    • Las entidades del tercer sector que quieran actuar como mediadores sociales del IMV deben tener experiencia acreditada para el acompañamiento y asistencia de personas en riesgo de exclusión social, se tomará especial atención al acompañamiento con el IMV.
    • Contar con puntos de atención directos que puedan atender a las personas de Comunidades Autónomas y en Ceuta y Melilla. 
    • Se permitirá, sólo en situaciones complejas de convivencia, que la acreditación de la unidad de convivencia sea acreditada por los servicios sociales, las entidades colaboradoras del IMV y el tercer sector social, de manera pasajera y subsidiaria.
    • El límite de titulares por vivienda para personas sin hogar o bien que residen en centros de carácter no permanente será suprimido. Además de que será más fácil su acceso. La realidad de las personas en situación de vulnerabilidad agrupadas en un mismo inmueble será reconocida. 
    • Los servicios sociales y las entidades mediadoras serán las responsables, en el caso pertinente, de evidenciar situaciones como la de personas en riesgo de exclusión social quienes viven juntas sin vínculos familiares o las que estén empadronados en un domicilio ficticio pero que en realidad no tengan hogar.
    • En caso de mujeres víctimas de violencia de género, separación, divorcio, afectados por desahucio o inhabitabilidad, para poder acceder a la ayuda tienen a disposición la Unidad de convivencia Independiente o familia nuclear.
      • En casos como el del divorcio o los afectados por desahucio, tienen un límite temporal de tres años para evitar influir una causa sobrevenida en el derecho a cobrar el IMV. 

    Los requisitos para ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital

    Aunado a las condiciones para poder ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, en las nuevas novedades se contemplan lo siguiente:

    • Siguiendo el Libro de Familia, el certificado de Registro Civil y los datos presentados en el Padrón Municipal, se acreditará el número de personas inscritas en la vivienda, es decir, dar evidencia de la existencia de una unidad de convivencia.
    • Para acreditar la existencia de la pareja, se procederá a presentar un certificado de inscripción en alguno de los registros que se hallan en las Comunidades Autónomas o ayuntamientos, específicamente en el lugar donde reside la pareja.
      • Esto podrá ser acreditado a través de un documento público en el que conste que la pareja está constituida. Tanto en un caso como en otro, esta constitución debe haberse producido al menos dos años antes de la fecha de presentación para solicitar el IMV.
    • El divorcio/separación o el trámite correspondiente para estas situaciones, será acreditado con la demanda o resolución judicial pertinente. 
    • Para comprobar que el solicitante ha vivido independiente a los padres, tutores o acogedores durante al menos tres años con los datos del INE o el certificado de empadronamiento histórico y colectivo; en él aparecerán todas las personas empadronadas en el domicilio del solicitante durante ese tiempo. No se solicitará el consentimiento de los empadronados en ese domicilio a efectos de los datos del Padrón Municipal.
    • La acreditación de la condición de víctima de violencia de género será realizada según los medios establecidos en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre.
    • En caso de la víctima de trata de seres humanos y explotación sexual, será acreditado mediante un informe de los servicios públicos responsables de la atención integral de estas personas o de los servicios sociales. Asimismo, es válido acudir a otro medio de acreditación que haya sido determinado reglamentariamente. 

    Qué obligaciones tengo que cumplir de acuerdo a las medidas de ingreso mínimo vital?

    A raíz de las medidas de ingreso mínimo vital se presentó una nueva obligación para los beneficiarios. Esta es la de comunicar en el Padrón Municipal cualquier variación en su domicilio o situación que perjudique a los titulares u otros miembros de la unidad familiar de convivencia.

    Para ello tiene un plazo de 30 días naturales desde el momento que estos cambios se produzcan.

    Otras novedades en cuanto a las obligaciones de los solicitantes del IMV son:

    • Justificar y comunicar sus salidas al extranjero por periodos superiores a 90 días cada año natural; tanto el titular como los demás miembros de la unidad de convivencia.
    • La exigencia anterior para estar dado de alta como demandante de empleo al momento de la solicitud se elimina. Actualmente se acredita, en los 6 meses después de la notificación de la resolución en la prestación, si está inscrito como demandante de empleo, a excepción de situaciones concretas.
    • A los integrantes de la unidad de convivencia, también pasa a exigirles que se acredite estar en situación legal de desempleo en los 6 meses posteriores al reconocimiento del IMV. 

    Hasta cuándo durarán las nuevas medidas de ingreso mínimo vital?

    Las nuevas medidas de ingreso mínimo vital es una prestación transitoria que será extendida hasta el 31 de diciembre de 2021 según lo previsto. 

    Desde el 1 de enero de 2022, esta prestación pasará a la prestación de Ingreso Mínimo Vital siempre y cuando los requisitos sean reunidos y antes del 31 de diciembre de este año (2021) se presentaron los documentos pertinentes.