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Modelo 390

modelo 390

Cómo cumplimentar paso a paso el Formulario 390 de Declaración Anual de IVA y todos los datos que debes especificar.

El modelo 390 es una declaración de impuestos que resume todas las operaciones realizadas durante todo el año calendario, y están relacionadas con el pago del impuesto al valor añadido.

Este modelo incluye actividades para un año completo y cuenta con el modelo 303, que corresponde al pago del impuesto al valor agregado por las actividades realizadas en el último trimestre del año.

Índice de Contenidos

    1. Modelo 390, para qué se utiliza?

    El modelo 390 es un formulario utilizado para notificar a las autoridades tributarias el IVA empresarial realizado a lo largo del año, es decir, será un modelo de información que contiene un resumen anual del IVA.

    2. Quién debe presentar el Formulario 390?

    El modelo 390 debe ser presentado por todos los empresarios y profesionales que se encuentren económicamente activos y estén obligados a realizar autoliquidaciones periódicas del impuesto al valor agregado.

    3. Cómo presentar el 390?

    De acuerdo con las instrucciones de la AEAT, se habilitaron los siguientes formatos de presentación para la presentación del Modelo 390 en 2015.

    Utiliza e-Cert o DNI para la presentación electrónica

    Esta opción es aplicable a todos los contribuyentes (requiere declaración). Pero será obligatorio para los siguientes profesionales:

    • Personas con estatus de gran empresa
    • Personas que pertenecen a la delegación central de grandes contribuyentes
    • Quienes pagan bajo el sistema especial de grupos de entidades.
    • Administración Pública
    • Sociedad con forma jurídica de sociedad de responsabilidad limitada SA o sociedad de responsabilidad limitada SRL.

    Utiliza Cl@ve PIN para la presentación electrónica

    Para esta demostración, las personas que no estén obligadas a utilizar sistemas avanzados de firma electrónica o verificación de identidad pueden registrarse en la web de la AEAT.

    Presentación por SMS

    Los contribuyentes que no estén obligados a utilizar firma electrónica avanzada pueden generar una declaración en el sitio web de la AEAT y enviar un SMS para confirmar el número de identificación después de obtener el número de identificación.

    Debemos recordar que desde 2013 se abolió el formato de papel. Por lo tanto, independientemente del método de declaración, se debe utilizar el Programa de Asistencia IVA 2015 para generar la declaración.

    4. Fecha de presentación del modelo 390

    La presentación del Modelo 390 debe realizarse dentro de los primeros 30 días calendario de enero posterior al año fiscal a reportar.

    Si el último día de la fecha límite es un día festivo, sábado o domingo, la fecha límite de envío se extenderá al siguiente día hábil.

    5. Información requerida para presentar el Formulario 390

    Para presentar el modelo 390, es necesario facturar cada partida de ingresos y gastos relacionados con la actividad económica.

    Tenga en cuenta que para deducir el IVA se requiere factura y no sirve de nada comprar entradas.

    En cuanto a las tasas, debemos recordar que para cumplimentar el Modelo 390 debemos separar la base imponible (el importe de la factura antes del IVA) por un lado y la tasa del IVA por otro.

    Además, tenemos que separar los diferentes tipos de IVA, es decir, bajo qué circunstancias aplicamos el 4%, donde es el 10%, donde es el 21%, y la fuente de ingresos y gastos.

    Si es una operación nacional, es dentro de la UE o Fuera de la comunidad, es decir, países que no forman parte de la Unión Europea.

    6. Cómo llenar el formulario 390 paso a paso?

    Sujeto Pasivo

    Declararemos:

    • NIF y nombre del autónomo o empresa
    • Si se ha registrado para el formulario de registro «Informe mensual»
    • El tipo de régimen especial en el que se encuentra

    También marcaremos el año (año relevante) en el sistema de devengo y si la rentabilidad reemplaza al año anterior.

    A continuación, responderemos varias preguntas y marcaremos una «X» cuando corresponda, por ejemplo:

    • Estamos en un sistema especial que nos aplica
    • Nuestras actividades profesionales están inscritas en un registro especial de un grupo de entidades
    • Durante todo el año fiscal que anunciamos, nuestra empresa se ha declarado en quiebra.
    • Elegimos el estándar de efectivo.

    El criterio de caja

    Esta novedad, el estándar de caja, tiene la ventaja de que los autónomos y las empresas con facturas anuales inferiores a 2 millones de euros no necesitan pagar por adelantado los impuestos de factura en la oficina de impuestos hasta que no se recibe la factura

    Para ello, es necesario cumplir con ciertos requisitos, como el uso del modelo 036-037 al presentar la declaración de inicio de actividad o el caso en el que se requiera este estándar de caja un mes antes del inicio del año calendario en el que se inicia la actividad. Se le pidió que aplicara este nuevo estándar.

    Datos estadísticos

    En estas celdas declararemos:

    • Tipos de actividades económicas que realizamos
    • Darse de alta en el registro de autónomos con contraseña e inscripción
    • Si realizamos alguna actividad con terceros que estén obligados a aportar el Modelo 347 e incluir una autoevaluación conjunta, también marcaremos la casilla correspondiente.

    Representante

    • Si actúa a través de un representante, debe registrar sus datos, ya sea el representante legal de una persona física o una entidad.

    Iva devengado en régimen general (ingresos)

    Esta sección presentará en detalle:

    • En las celdas 1 a 6, determine la renta del impuesto al valor agregado correspondiente a la renta de la actividad según la tasa impositiva, la tasa impositiva es 4%, 10% o 21%.
    • Si así es nuestro camino, es decir, un grupo de empresas, en las unidades 500-502 y 504, marcaremos el importe correspondiente a las operaciones del grupo.
    • Si seleccionamos el estándar de efectivo, el monto correspondiente a la factura que utiliza este estándar, y el monto debido a la aplicación de la tasa, se mostrarán en las casillas 640 a 645.
    • Las celdas 7 a 12 mostrarán la base imponible y los gastos de IVA relacionados con la operación de bienes de segunda mano, arte, antigüedades y coleccionables.
    • En las celdas 13 a 14, lo mismo, pero respecto al sistema especial de agencias de viajes.
    • Las compras de bienes y servicios dentro de la comunidad en países de la UE se registran en las celdas 21 a 26 y 541 a 552.
    • Las casillas 27 y 28 se utilizarán para las facturas sin impuesto al valor agregado, donde ocurre la llamada «reinversión del contribuyente», es decir, el impuesto al valor agregado es el impuesto al valor agregado declarado por el cliente y no por la empresa proveedora. los bienes o servicios.
    • Si se modifican el índice de referencia y la cuota y la tasa de IVA es diferente a la del año actual, regístrelo en las celdas 29 y 30.
    • Si los cambios de base y tarifa se deben a la quiebra, hágalo en las celdas 31 y 32.
    • Total de base y cuota de IVA: celdas 33 y 34.
    • Si emitimos una factura para un cliente en el sistema denominado «recargo equivalente», también debe anotarse en las celdas 35 a 42 y las celdas 599 a 602.
    • Recordemos que los clientes están obligados a señalar este problema.
    • El recargo equivalente es un sistema especial de impuesto al valor agregado, que es obligatorio para los minoristas que no modifican los productos, sino que solo compran y venden. Por lo general, se aplica a autónomos y comunidades de activos, y normalmente no se aplica a empresas.
    • En las celdas 43 y 44 indicaremos si el recargo equivalente ha cambiado y la tasa del impuesto al valor agregado corresponde al año declarado.
    • Asimismo, si esta modificación se debe a la quiebra: celdas 45 y 46.
    • La celda 47 es la suma del impuesto sobre el valor agregado devengado y los recargos equivalentes.

    IVA deducible, gastos

    • En este apartado te explicaremos todos los gastos que son deducibles, y tenemos facturas (recuerda, las entradas son inútiles). El Ministerio de Hacienda nos reembolsará el impuesto sobre el valor añadido soportado que hemos pagado.
    • Además, definiremos si los gastos que declararemos son gastos corrientes, compras de bienes y servicios que consumimos en menos de un año, o si son gastos relacionados con bienes de inversión, los que duran más de un año.
    • Se compró en un país, comunidad (UE) o empresa no comunitaria.
    • Para las operaciones internas de la mayoría de los bienes y servicios corrientes, usaremos las celdas 190 a 195, 555 a 558 y 603 a 606 para separar conceptos basados ​​en la tasa del impuesto al valor agregado (porcentaje del monto operativo). Mostraremos la suma de estas bases en la celda 48 y la suma de los gastos en la celda 49.
    • Si se trata de un grupo de empresas, se utilizarán las celdas 506 a 511, 559 a 562 y 607 a 610. El monto total de estos gastos en el territorio nacional se mostrará en las celdas 512 (base o monto antes del impuesto al valor agregado) y 513 (gastos del impuesto al valor agregado).
    • Para el funcionamiento interno de los productos de inversión (que se seguirán utilizando en la empresa por más de un año), utilizaremos las casillas 196 a 201, 563 a 566 y 611 a 614, y separaremos los montos según la tasa impositiva. (porcentaje del impuesto sobre el valor añadido).
    • El número total de bases se mostrará en la celda 50 y el número total de gastos se mostrará en la celda 51.
    • Si es una compra para un grupo de empresas, usaremos las celdas 514 a 519, 567 a 570 y 615 a 618. El total en la celda 520 (básica) y la celda 521 (gasto por impuesto al valor agregado).
    • Para la importación y adquisición de productos dentro de la comunidad, utilizamos las casillas 202 a 207, casillas 571 a 574 y casillas 619 a 622, separadas por tasas de impuestos. Como en la situación anterior, la base en la celda 52 es el total y la cuota de IVA en la celda 53 es el total.
    • Las importaciones actuales de productos básicos pueden deducirse del impuesto al valor agregado. Celdas 208 a 213, 575 a 578 y 623 a 626. Aquí, registraremos el período de compra de los productos de inversión adquiridos a proveedores fuera de la UE. Estos productos tienen una vida útil de más de un año, pero solo los productos que han pasado la aduana.
    • El número total en la celda 54 (base) y la celda 55 (cuota). Si la operación es obtener activos líquidos, usaremos las celdas 214 a 219, 579 a 582 y 627 a 630. El total en las celdas 56 y 57.

    El mismo supuesto pero en bienes de inversión: 

    • Celdas 220 a 225, 583 a 586 y 631 a 634, hay un total de 58 bases y 59 cupos.
    • Para el impuesto al valor agregado deducible por servicios en la comunidad, usaremos las celdas 587 a 596 y 635 a 638, que totalizan en las celdas 58 y 59.
    • Compensación en sistemas especiales de agricultura, ganadería y pesca. Unidades 60 y 61. En el caso de los sistemas especiales de agricultura, ganadería y pesca, debemos completar la cantidad de compras y productos que se compensan por el impuesto al valor agregado de insumos.
    • Si existen transacciones intragrupo, es decir, entre empresas o empresas pertenecientes al mismo grupo, rellene de nuevo las casillas 646 y 647.
    • En la celda 63, la regularización de activos (bienes de inversión) que hicimos en el período anterior.
    • En la celda 522, es el resultado de regularizar la deducción a efectos del impuesto al valor agregado en el año en curso. El resultado final está en la celda 65.

    Régimen simplificado

    • Esta sección está dirigida a los profesionales registrados en la aplicación y divide las actividades agrícolas, forestales y ganaderas en módulos.
    • El resultado final irá a la celda 83.

    Resultado liquidación anual

    • La celda 84 se utilizará para la suma de los sistemas general y simplificado, que es la casilla 65 + 83.
    • El número 85 indicará el monto a compensar (si aplica), es decir, si compensar el estado de cuenta anterior.
    • La celda 86 se restará de la celda anterior.

    Tributación por razón de Administración

    • Las celdas 87 a 91 se utilizan para el País Vasco y Navarra, mientras que las celdas 84-85-92 y 93 se refieren al territorio común del País Vasco y Navarra.

    Resultado de las liquidaciones

    • La celda 95 reflejará la diferencia entre el impuesto al valor agregado de salida (el impuesto al valor agregado de nuestra factura al cliente) y el valor agregado de entrada (el impuesto al valor agregado pagado por nosotros al proveedor).
    • Si estamos en la declaración mensual del impuesto al valor agregado, la devolución mensual total es 96, que es lo mismo que 524, excepto por la adquisición de artículos de transporte.
    • Las celdas 97 y 98 se llenan con el monto a compensar (la diferencia que debemos pagar) o el monto a reembolsar (la diferencia que debemos cobrar porque pagamos más impuesto al valor agregado del que se transfiere al cliente).
    • Si estamos gravados de acuerdo con el sistema de grupos de entidades, usaremos las celdas 525 y 526.

    Volumen de operaciones

    • En esta sección, mostraremos un resumen resumen de los ingresos recibidos en el total de negocios realizados, detallaremos la base de los diferentes conceptos (sin IVA) y mostraremos los ingresos totales en el recuadro 108.

    Operaciones específicas

    • Aquí, especificaremos ciertas operaciones, como exención interna (país) o intracomunitaria, celdas 230 y 109, y exención de importación (celda 231).
    • Para el IVA comprado que no se pueda pagar, indicaremos el importe en la casilla 232.
    • Para el negocio principal que genera el derecho a devolución del IVA pagado cada mes, registraremos el monto en la casilla 111.
    • La celda 113 se refiere a la operación triangular, es decir, cuando vendemos productos que compramos anteriormente en la UE a países de la UE, esta es una compra libre de IVA.
    • El recuadro 523 se refiere a los servicios prestados por la inversión del contribuyente, es decir, el impuesto al valor agregado no lo declaramos nosotros ni el proveedor del servicio, sino el cliente.
    • Si seleccionó el estándar de efectivo, debe completar las celdas 649 a 652.

    Prorratas

    • Este apartado sólo debe cumplimentarse en determinadas circunstancias, en algunos casos se aplica la regla de proporcionalidad (resolución proporcional) a la operación de deducción parcial.

    Actividades con diferentes sistemas de deducción

    • Si se realiza una actividad con un sistema de deducción diferenciada y se desglosa el Impuesto sobre el Valor Añadido de diferentes negocios, esta parte deberá cumplimentarse.

    Sitio Oficial

    Explicación en video

    Preguntas Frecuentes:

    Cuál es el modelo 390?

    Instrucciones para la presentación del modelo. La declaración-resumen anual es una declaración tributaria que contiene las operaciones realizadas a lo largo del año natural relativas a la liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido.

    Cómo consultar el modelo 390?

    Puedes acceder al formulario del modelo 390 desde distintas rutas de la Sede, por ejemplo, «Trámites destacados», «Presentar y consultar declaraciones», «Modelo 390«. El acceso al trámite requiere identificarse con certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve PIN del declarante.

    Cuándo hay que presentar el modelo 390?

    Presentación con periodicidad ANUAL. Se presentará durante los treinta primeros días naturales del mes de enero siguiente al año al que se refiere la declaración. Plazo de presentación: del 1 de enero al 1 de febrero de 2021.

    Quién no tiene que presentar el modelo 390?

    Por tanto, no tienen que presentar el modelo 390: Sujetos pasivos obligados a presentar autoliquidaciones no periódicas. Grandes Empresas que facturan más de 6.010.121,04€ al año. Inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA.

    Qué es el modelo 390 y para qué sirve?

    El modelo 390 es una declaración tributaria de resumen anual, que contiene las operaciones realizadas a lo largo del año natural, relativas a la liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido.

    Que hay que poner en la casilla 99 del modelo 390?

    Casilla 99 del modelo 390. Se incorpora el importe total (base) – excluyendo IVA – sobre el volumen total de operaciones. Entregas intracomunitarias exentas.

    Qué pasa si no se presenta el modelo 390?

    Retraso menor a 3 meses en la presentación: el recargo será del 5% sobre el importe a pagar del IVA.
    Retraso de 6 a 12 meses: el recargo será del 15% sobre el importe a pagar del IVA.
    Retraso mayor a 12 meses: el recargo será del 20%, sumando además intereses por la demora del 3,75%.