Saltar al contenido

Modelo 210

modelo 210 aeat

Te mostraremos paso a paso cómo completar el Formulario 210 relacionado con el impuesto sobre la renta de no residentes y toda la información que necesitas saber antes de enviar el formulario.

El modelo 210, el Impuesto sobre la Renta de No Residentes sin Establecimiento Permanente, tiene como objetivo facilitar declaraciones de impuestos ordinarios a efectos del IRPF para los no residentes que no tengan establecimiento permanente en España.

Índice de Contenidos

    1. Modelo 210 AEAT

    El modelo 210 se utiliza para liquidar el IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes), que es el impuesto sobre la renta (renta o beneficio) devengado por personas físicas o no residentes en España.

    2. Cuándo estoy obligado a rellenar el modelo 210?

    Los residentes fuera de España no necesitan presentar el modelo 210.

    Para ello, el declarante o contribuyente debe estar incluido en una de las siguientes categorías:

    • Si bien las personas físicas y las personas jurídicas (entidades y empresas) no residen en territorio español, obtienen ingresos en España sin pagar el impuesto general sobre la renta de las personas físicas. Un ejemplo de ello son los propietarios de inmuebles ubicados en suelo español, o los propietarios que reciben ingresos (alquiler) por su arrendamiento.
    • Una persona física que sea nacional de otro país y resida en España por motivos laborales (consulado, funcionario designado español, diplomático, etc.).
    • Las entidades, empresas y personas jurídicas, por cualquier motivo, existirán en España y se incluyen en la atribución de rentas establecidas en el extranjero.

    Consideración de No Residente Fiscal

    • Una persona se considera residente fiscal en España cuando se da una de las siguientes situaciones: Permanecieron en territorio español más de 183 días en un año natural.
    • Si una persona física o entidad reside en España por menos de 183 días, el Ministerio de Hacienda lo trata como un impuesto de no residente. A tal efecto, debe entenderse que una persona física o jurídica reside en España y su principal actividad económica o comercial se encuentra ubicada en España. De lo contrario, se le cobrará impuestos como no residente.
    • Cuando el cónyuge indiviso y los hijos menores residan habitualmente en España, también pueden ser considerados como residentes fiscales españoles.

    3. Qué instrucciones tiene el modelo 210?

    • Luego de la última reforma tributaria, se revisaron las tasas impositivas para no residentes de 2015 y 2016 declaradas a través del Modelo 210.
    • En 2015, la tasa de impuesto IRNR general para los residentes de la Unión Europea, Islandia y Noruega se redujo al 24% y al 20%, respectivamente. Estos cambios afectarán las declaraciones del impuesto sobre la renta de los no residentes en 2015 y 2016.
    • A partir de 2011, este modelo 210 se utiliza para todo tipo de ingresos, rentas, plusvalías (plusvalías del trabajo o actividades comerciales) o rentas inmobiliarias estimadas (rentas).
    • La autoliquidación mediante el modelo 210 permite declarar ingresos por separado (utilizando un modelo para cada ingreso), o declarar ingresos múltiples en grupos (siempre que sean del mismo tipo, del mismo pagador y del mismo tipo). es de los mismos bienes o derechos.

    4. Cuándo debo presentar el modelo 210?

    Quienes deben presentar una declaración de impuestos sobre la renta de no residentes deben presentar el Formulario 210 antes del 30 de junio de 2016.

    Dependiendo del tipo de ingresos, estos términos son:

    • Para las rentas derivadas de la transmisión de un inmueble, el plazo es el mes siguiente a la fecha de la transmisión (venta) del inmueble.
    • Para los ingresos (por ejemplo, el alquiler) imputados a los bienes inmuebles en el año calendario posterior a la fecha de devengo (la fecha en la que se cobra el alquiler).
    • Para el resto de los ingresos:
      • Los resultados que deben abonarse en la autoevaluación: en los meses de abril, julio, octubre y enero de los primeros veinte días naturales de cada mes, la fecha de devengo (fecha de recepción de beneficios).
      • Para una autoliquidación igual a cero, debe realizarse del 1 al 20 de enero, un año después de la fecha de acumulación de ingresos.
      • La autoliquidación que solicita el reembolso debe presentarse antes del 1 de febrero del segundo año posterior a la fecha del beneficio a declarar, y debe presentarse dentro de los 4 años.

    5. Cómo debo presentar el Modelo 210?

    La representación del modelo 210 se puede realizar de tres formas distintas:

    • A través de la Sede Electrónica de la Oficina Tributaria
    • Telemática
    • Presentando formularios en papel a las entidades colaboradoras de la AEAT (bancos y otras entidades financieras) y oficinas (representantes).

    A través del modelo 210, la declaración puede ser realizada por el propio contribuyente, su representante y los responsables solidariamente.

    Si se solicita un reembolso debido a una retención excesiva, la entidad con la retención también puede presentar una declaración.

    No obstante, todas las declaraciones llevan la etiqueta de identificación de la persona que presenta la declaración.

    6. Cómo debo rellenar el modelo 210? Paso a Paso

    Datos identificativos

    modelo 210
    • En otro recuadro, declararemos la fecha de devengo (adquisición) de la renta declarada y los datos identificativos de la persona indicada, indicando si se trata de una persona física «F» o una persona jurídica «J».
    • Si el contribuyente tiene un código o número de identificación fiscal en el país donde vive, se registrará en la celda correspondiente al código extranjero.
    • Si el contribuyente que está obligado a declarar ha designado un representante en la Administración Estatal de Tributación por su obligación con este impuesto, el representante se inscribirá en la celda correspondiente.
    • También incluiremos detalles de los pagadores de desempeño (compradores de propiedades, inquilinos, etc.) Si esta es la cantidad de retención que ya pagó, también ingresaremos los datos de retención.

    Renta obtenida/Base imponible

    En el apartado correspondiente a los ingresos devengados, indicaremos:

    • Monto o suma de montos (en el caso de reportar varios ingresos)
    • Código de país
    • La clave para el tipo de ingreso y la clave de moneda.

    Puede encontrar estos códigos haciendo clic aquí.

    Determinación de la base imponible

    • En la celda 4 ingresaremos la cantidad correspondiente al rendimiento obtenido. En términos de ingresos por transacciones inmobiliarias, es la cantidad que se obtiene aplicando un porcentaje correspondiente (generalmente 2%) al valor catastral de la propiedad. El monto se refiere al año calendario, pero cuando no sea de propiedad durante todo el año, se reducirá proporcionalmente.
    • Las celdas 6 y 7 se utilizan para registrar los gastos, personal y materiales que se deducirán del ingreso total (el total ingresado), que se marcará en la celda 5. La celda 8 será el resultado de restar la cantidad de 6 y 7. 7 a 5 (5-6-7). Base imponible A
    • La Sección 210-C se utilizará para registrar las ganancias de capital, con la excepción de las ganancias de bienes raíces (estas ganancias se declaran en el Formulario 212). La celda 10 se usa para el valor de transferencia del activo, menos las tarifas e impuestos, y las celdas 9 y 11 se usan para registrar la fecha y el monto del activo a transferir, así como el costo y los impuestos de la compra.
    • La celda 12 es la diferencia entre 10 y 11 (10-11).
    • La celda 13 es la base imponible B, que es la cantidad de la celda 12 menos las reducciones aplicables.

    Liquidación

    • La celda 14 indicará el tipo de impuesto correspondiente a la renta declarada.
    • Según el acuerdo, las celdas 15, 16 y 17 se utilizarán para exenciones (cantidades que no necesitan declararse) y cantidades restringidas.
    • La celda 18 es el impuesto completo, es decir, el resultado de aplicar la tasa impositiva a la renta imponible A y B anteriormente vista. Si es negativo, se ingresará 0.
    • La Unidad 19 se utilizará para deducir el dinero donado, similar al impuesto sobre la renta general.
    • La casilla 20 se utiliza para registrar el anticipo y el anticipo generado por el uso de pago declarado en este formulario 210.
    • La tarifa diferencial aparecerá en el recuadro 21. Este es el resultado de restar el monto de las celdas de deducción y retención del costo total (18-19-20). Es la cantidad ingresada.

    Fecha y firma

    La declaración debe estar firmada por la persona que presenta la declaración. Si se trata de una persona jurídica o entidad, puede ser presentado por un representante de la misma persona, siempre que indique su NIF e y lo firme.

    Ingreso

    En este espacio se explicará el método de pago, el cual puede elegir pago en efectivo, domiciliación bancaria o domiciliación bancaria marcando el código (CCC) de la cuenta.

    Devolución

    En las circunstancias adecuadas, el espacio incluirá a los titulares de cuentas y cuentas corrientes, y la oficina de impuestos les reembolsará el monto correspondiente.

    Firma final

    Marcaremos con una «X» cuando corresponda: contribuyente, representante, pagador, depositario, administrador o titular, con firma.

    Más Información

    Web de la Agencia Tributaria

    Explicación en Video:

    Preguntas frecuentes:

    Cuándo se debe presentar el modelo 210?

    En general: desde el día 1 al 15 de abril, julio, octubre o enero.
    En el caso de rentas imputadas de inmuebles urbanos, tipo de renta 02: desde el día 1 de enero hasta el 23 de diciembre.

    Qué es el modelo 210?

    El Modelo 210 es el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR) sean personas físicas o jurídicas. También se extiende a extranjeros que por razones laborales residan en España, así como a entidades en atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español.

    Quién está obligado a presentar el modelo 210?

     Los contribuyentes no residentes en territorio español con rentas obtenidas del alquiler o venta de inmuebles en nuestro país están obligados a presentar el modelo 210.

    Quién paga el IRNR?

    Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR) Este tributo ha de pagarlo el propietario del inmueble situado en territorio español que reside en el extranjero.