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Modelo 202

modelo 202

Esta guía paso a paso te servirá para cumplimentar el modelo 202 correspondiente al pago a plazos del impuesto sobre sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes.

El modelo 202 es un formulario fiscal que se utiliza para pagar el impuesto sobre la renta a plazos a los no residentes, así como el impuesto de sociedades para los establecimientos permanentes ubicados en España.

Los formularios de las entidades bajo el sistema de distribución de ingresos también deben ser presentados por entidades que no tienen personalidad jurídica propia pero que aún pueden obtener ingresos o realizar actividades económicas.

Índice de Contenidos

    1. Modelo 202, para qué sirve?

    Como ya hemos señalado, todas las entidades de forma permanente en España y las entidades del sistema de distribución de la renta (establecidas fuera de España pero con sucursales en España) deben presentar el modelo 202 para que puedan realizar el micropago del impuesto de sociedades y un ingreso de tipo no residente.

    Por lo tanto, esta es una forma de reorganizar el pago total, que generalmente se debe realizar a través del Formulario 200 cuando envían una orden de devolución.

    Todos los pagos realizados por adelantado a través del Modelo 202 deben ser deducidos del monto total incurrido por el impuesto de sociedades, y si el monto es menor al monto pagado previamente por la entidad, puede solicitar el reembolso de la diferencia.

    2. Quiénes están obligados a presentar el modelo 202?

    Deben presentar el siguiente formulario:

    • En el último año, todas las entidades que devengaron más de 6.010.121,04 euros al año, con independencia de que recibieran beneficios, que declararon sus ingresos a través del impuesto de sociedades.
    • Empresas o entidades que obtuvieron resultados positivos en el año anterior, aunque sus ingresos anuales no alcanzaron los 6.010.121,04 euros.

    3. Modelo 202, requisitos

    Podemos calcular el pago a través del modelo 202 de dos formas diferentes:

    • Un método de cálculo es restar la bonificación, las deducciones y los ingresos de la cuenta del monto total del último impuesto corporativo.

      El resultado que nos proporcione será el resultado que usaremos como base para el pago.

      Sobre esta base aplicaremos el 18%, que es el monto que debemos ingresar.

      Si debe pagarse en abril, se tomará como referencia para el cálculo el impuesto de sociedades introducido en el año anterior.

      Por el contrario, si el pago debe realizarse en octubre y diciembre, usaremos el monto del impuesto de ese año como referencia.
    • Otro método de cálculo es tomar los resultados del año actual y aplicar un porcentaje variable.

      Para los pagos que deban realizarse en abril, los pagos se realizarán sobre los resultados de los primeros tres meses (menos bonificaciones, deducciones y pagos de cuenta que puedan aplicar);

    4. Cuándo se presenta el modelo 202?

    El formulario 202 debe presentarse dentro de los primeros 20 días calendario de abril, octubre y diciembre de cada año.

    Si el último día es sábado o no laborable, la fecha de vencimiento será el siguiente día laborable.

    Por lo tanto:

    • Primer pago: del 1 al 20 de abril
    • Segundo pago: del 1 al 20 de octubre
    • Tercer pago: del 1 al 20 de diciembre

    5. Formas de presentar el modelo 202 de la AEAT

    El formulario 202 solo se puede enviar en línea (es decir, electrónicamente).

    Ya no es posible presentarlo en papel o en persona.

    6. Cómo rellenar el modelo 202 paso a paso?

    Identificación y devengo

    En la primera parte del formulario, debemos escribir la siguiente información:

    • NIF (número de identificación fiscal)
    • Nombre del declarante o la razón social, en el caso de que sea una entidad
    • El ejercicio de devengo
    • El año en el que presentamos el Impuesto sobre Sociedades
    • Fecha de inicio del periodo impositivo, es decir, el primer día del año nuevo a efectos del Impuesto de Sociedades
    • El código CNAE. Este código se utiliza para clasificar la actividad económica

    Datos adicionales

    • En el recuadro correspondiente a «Otros datos», debemos señalar la situación particular en la que se encuentra la empresa, por ejemplo, es una entidad pequeña, que es una de las situaciones más comunes.
    • En el caso de incentivos fiscales para pequeñas empresas, deberá indicarse en la casilla correspondiente.
    • Si las operaciones realizadas en los doce meses anteriores al inicio del periodo que debemos anunciar superan los 6.010.121,04 euros, también hay que señalarlo.
    • Si somos una cooperativa protegida económicamente, la marcaremos en la tercera casilla.
    • Cuando una empresa o entidad pueda aplicar dos tipos diferentes de impuestos, marcaremos una «X» en el cuarto cuadro de esta sección.
    • Los tipos de impuestos que son aplicables al impuesto de sociedades, es decir, los porcentajes aplicados a la base imponible o al volumen de negocio realizado son los siguientes:
    01101925
    303520/2520/30
    25/3004/3035/30
    • Si el beneficio neto obtenido en los doce meses anteriores al inicio de este período es superior a diez, veinte o sesenta millones de euros, debemos indicarlo en la casilla correspondiente.
    • Finalmente, si al menos el 85% de las rentas declaradas por nuestra entidad durante el período impositivo cuenta con determinadas subvenciones o exenciones fiscales según la legislación aplicable, marcaremos la última casilla

    Liquidación

    • En la primera celda debemos indicar el monto que queremos declarar, que es la base imponible.
    • Si el modelo que proporcionamos complementa otro estado de cuenta anterior, el monto de ese estado de cuenta debe ingresarse en la casilla 02.
    • En la casilla 03, no debemos ingresar nada porque será un programa AEAT que calcula automáticamente el monto.

      Por lo general, esta cantidad se calcula aplicando el 18% a la cantidad en la casilla 01.

      Si se trata de un ingreso complementario, se puede calcular aplicando el 18% a la diferencia entre las casillas 01 y 02.

    Ahora debemos completar el cálculo del pago a plazos. Veamos qué se debe ingresar en cada elemento uno por uno:

    04:

    En este espacio de liquidación, completaremos el cálculo de los pagos a plazos:

    • Celda 4. Ingresamos el monto de la cuenta de resultados (información contable).
    • Celda 5, 6, 7 y 8  El importe correspondiente a la corrección (disminución y aumento) realizada al resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias por impuesto a las ganancias.
    • Celda 9 representa el 25% de los ingresos extranjeros.
    • Celda 13 se calcula automáticamente, es la suma de las celdas 4 + 5-6 + 7-8 + 9.
    • Celda 14 se utiliza para compensar la base negativa en períodos anteriores.
    • Celda 16 es el resultado de la resta entre 13 y 14. Se calcula automáticamente.
    • Celda 17 son los datos automáticos, que se calculan en función del tipo de impuesto seleccionado y el cuadro completado.
    • El resultado en la celda 18 es multiplicar la 16 por 17 (tasa de impuestos aplicable)
    • Celda 19 es otra cantidad calculada automáticamente, que es el resultado de una resta entre 13 y 14.
    • Las celdas 20 a 26 son los datos calculados automáticamente por el programa auxiliar basándose en el cálculo de la tasa impositiva y la celda seleccionada.
    • Celda 27 cobrará el monto de la bonificación correspondiente (si corresponde).
    • Celda 28 se utiliza para la retención y el pago del impuesto durante el período impositivo.
    • Según el concepto de «territorio común», la celda 29 corresponderá al porcentaje (parte proporcional) correspondiente a la recaudación tributaria del país.
    • Celda 30 se usa para marcar el monto de la cuota pagada en el mismo período impositivo.
    • Si el pago del reembolso proporcionado por nosotros es adicional a la declaración anterior, la columna 31 contendrá el monto de la cuota ingresado en la declaración anterior.
    • El programa auxiliar calcula automáticamente las celdas 32, 33 y 34. El número 34 ya contiene la cantidad a ingresar.

    Información adicional

    Complementaria

    • Como se mencionó en los apartados anteriores, si el estado de cuenta que realizamos es un complemento del estado de cuenta anterior, incluiremos aquí el número de recibo (código electrónico) del estado de cuenta anterior.

    Negativa

    • Si no tenemos que abonar ningún depósito dentro del plazo correspondiente como pago pequeño, marcaremos esta casilla.

    Ingreso

    • Rellenaremos el importe correspondiente a los ingresos en la celda 34.
    • Si elegimos el método de pago a través de débito en cuenta, debemos completar correctamente el código de cuenta de cliente (CCC) correspondiente.

    Más Información

    Preguntas frecuentes:

    Qué es el modelo 202?

    El Modelo 202 obliga a las entidades que declaren sus rentas en el Impuesto de Sociedades. Por tanto, es una forma de adelantar una parte del pago total que tendrá que efectuarse cuando presenten la declaración, y que habitualmente se realiza a través del modelo 200.

    Cómo se calcula el pago modelo 202?

    Se toma la cuota íntegra del último Impuesto de Sociedades presentado y se le restan las deducciones, bonificaciones y retenciones e ingresos a cuenta. La cifra resultante será la base del pago. A esa base se le aplica el 18%, lo que nos dará la cantidad a ingresar.

    Qué empresas están obligadas a presentar el modelo 202?

    La presentación del modelo 202 será obligatoria para aquellos contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios sea superior a 6 millones de euros durante los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicie el periodo impositivo al que corresponda el pago fraccionado, hayan tenido o no beneficio.

    Cuándo se paga el modelo 202?

    Primer pago: del 1 al 20 de abril.
    Segundo pago: del 1 al 20 de octubre.
    Tercer pago: del 1 al 20 de diciembre.