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Cobrar el Paro: Preguntas Frecuentes

Tienes preguntas frecuentes cobrando el paro? Necesitas saber información general sobre las prestaciones y su compatibilidad con ciertas condiciones? No te preocupes, en el siguiente post podrás conocer todo acerca del paro.

Y, no únicamente conocerás las preguntas frecuentes cobrando el paro, también estarás al tanto de preguntas en materia de cargas familiares, incompatibilidad con prestación por desempleo y qué sucede al solicitar una prestación sin haber trabajo nunca. Sigue leyendo! 

Índice de Contenidos

    Qué sucede cuando se olvida sellar el paro?

    Empezamos con una de las  preguntas frecuentes cobrando el paro. Es muy bien sabido que, al ser beneficiario del paro, el mismo necesita ser renovado, este trámite se le denomina como “sellar el paro”.

    La misma es una de las obligaciones que deberá cometer la persona quien percibe esta prestación por desempleo. Si en caso de pasarse la fecha de renovación y se nos olvida, las consecuencias son en materia de penalizaciones económicas.

    Estos pueden variar en función de la frecuencia donde se nos olvidó sellar el paro, pudiendo perder uno, tres o hasta seis meses de prestación sin cobrar. De haber excedido los máximos de estas pérdidas, se procederá a realizar el cese total de su percepción. 

    En el caso de la Renta Activa de Inserción o RAI, al olvidarnos sellar la misma, automáticamente efectuará su baja definitiva. Conoce más de sellar el paro haciendo clic aquí

    No tengo cargas familiares. Puedo aún así cobrar una ayuda económica?

    Sí puedes cobrar ayudas económicas al no tener cargas familiares. Ya sea subsidios por desempleo o bien otras, como las siguientes:

    Que es incompatible con la prestación por desempleo?

    La prestación por desempleo es incompatible con las siguientes situaciones en líneas generales:

    • Trabajo por cuenta ajena, únicamente exceptuando que el trabajador haya firmado un contrato indefinido de apoyo a los emprendedores. Asimismo se excusan a las personas mayores de 52 años quienes son contratados a tiempo completo y que su duración sea mayor a tres meses. 
    • El trabajo por cuenta propia, exceptuando a aquellas que son establecidas para el pago único del paro.
    • Actividades de investigación con carácter retribuido y que requieren de dedicación exclusiva.
    • Tener un cargo público o ser sindicado retribuido.
    • Pensiones de la Seguridad Social las cuales son incompatibles con el trabajo.
    • Situaciones retribuidas de los reservistas voluntarios del ejército. 

    En caso de cobrar por una prestación por desempleo y figuras en alguna de estas situaciones, es importante poder notificarlo rápidamente al Servicio Público de Empleo Estatal. 

    Así procederá a suspender el pago de la prestación. De no avisarlo, se estaría cometiendo una infracción que da lugar a sanciones. Puedes conocer más haciendo clic aquí.  

    No he tenido un trabajo aún. Puedo tramitar alguna prestación?

    En lo que respecta a la prestación por desempleo o bien, el trámite y cotización del paro, una persona que no haya laborado jamás, no tiene derecho a su cobro.

    El motivo es porque en uno de los requisitos se necesita que el trabajador haya reunido cotizaciones de 360 días mínimos. De ser cotizaciones menores, puede tramitar el subsidio por insuficiencia de cotización.

    Sin embargo, se encuentran excepciones por la cual sí se puede percibir un subsidio por desempleo sin haber trabajo:

    • Ser liberado de prisión,
    • Emigrante regresado a España,
    • Personas que han mejorado de una inhabilidad luego de un expediente de revisión.

    Asimismo, podrán solicitar la Renta Activa de Inserción. 

    Voy a solicitar el paro. Es obligatorio cita previa? 

    Sí, es obligatorio pedir una cita previa, independientemente de si vas a tramitar una prestación por desempleo, el paro o bien ayuda por desempleo. 

    Puedes contactar con el 

    O bien por internet haciendo clic aquí. 

    Si no estoy casado, la carga familiar sería mi cónyuge?

    Por ahora, el cónyuge no está contemplado en la legislación como carga familiar.

    Sin embargo, al tener hijos comunes con el mismo menores de 26 años, mayores con discapacidades o menores en acogimiento familiar, sí se acreditarán las cargas familiares. 

    Qué motivos dan lugar al cese total del paro?

    Se encuentran una serie de motivos, los cuales son:

    • Finaliza el plazo de la prestación (Se ha agotado),
    • Se han impuesto una serie de sanciones por infracciones leves, graves o muy graves, tales como no sellar el paro en cuatro oportunidades o más.
    • Trabajar como autónomo mientras se está cotizando esta prestación por más de 60 meses.
    • Cumplir la edad ordinaria para jubilarse.
    • Que el colectivo pase a ser un pensionado de jubilación o incapacitado permanente.
    • Mudarse al extranjero por motivos laborales o buscar empleo por un periodo mayor a 1 año. En caso de irse por otra causa, se dejará de percibir si no volvemos al territorio Español en 90 días.
    • Renunciar voluntariamente al cobro de esta prestación.
    • El beneficiario ha fallecido. 

    Puedo cotizar una prestación luego de una baja voluntaria?

    No. No puedes cotizar una prestación a raíz de una baja voluntaria ya que uno de los requisitos en la prestación por desempleo es figurar en situación legal de desempleo. En consecuencia, la pérdida de su trabajo debió haber sido provocado involuntariamente. 

    Cómo puedo capitalizar el paro?

    En caso de que, luego de la baja voluntaria, se empiece un nuevo trabajo y no se ha superado el periodo de acondicionamiento, se deberán esperar  meses desde que nos marchamos voluntariamente del anterior trabajo. 

    Cuáles son los requisitos para pedir la ayuda familiar?

    Se deben reunir los siguientes requisitos:

    • Tener derecho a la prestación por desempleo y tener en proceso tres meses de cotización,
    • No haberlo solicitado en cuatro años previos. 
    • Acreditar una actividad por cuenta propia o estar incorporado como socio trabajador a una cooperativa, sociedad laboral o mercantil.
    • En caso de que la sociedad mercantil sea nueva en cuanto a creación o en doce meses, el solicitante deberá haber sido menor de 30 años para tramitar el pago único. 
    • Iniciar la actividad en un mes máximo desde la capitalización.

    Puedes encontrar más información haciendo clic aquí.