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Disponibles las Nuevas Ayudas al Alquiler

ayudas al alquiler 2021

Has firmado un contrato de alquiler, pero no tienes suficientes recursos económicos?

Sabías que puedes solicitar las diferentes ayudas al alquiler disponibles para sobrepasar este obstáculo en tu comunidad autónoma?

Pues sí! Ahora podrás concretar el pago de tu residencia más fácilmente.

En este sentido se ha iniciado las ayudas al alquiler disponibles que no puedes perderte, ya que con la misma podrás pagar la renta de tu residencia.

En función de la localidad en donde te radiques podrás gozar de los diversos beneficios de estas convocatorias.

En este post vamos a informar acerca de las ayudas al alquiler disponibles.

Te invitamos a seguir leyendo para que conozcas más!

Índice de Contenidos

    Dónde puedo concretar la solicitud de ayudas al alquiler? 

    Las ayudas al alquiler variarán según las comunidades Autónomas en la cual residas.

    Debes solicitar la tuya en la consejería de dicha comunidad o bien en las oficinas de vivienda esparcidas por cada comunidad.

    Es importante estar al tanto de las convocatorias que logran notificarse en todos los municipios y comunidades.

    Cabe resaltar que puedes dirigirte al ayuntamiento del lugar que resides para conocer más sobre las futuras prestaciones municipales al alquiler de la residencia.

    Estas entidades te informarán sobre las peticiones para acceder a estas ayudas. 

    En qué consisten las ayudas o prestaciones para el alquiler exactamente? 

    Consiste en un complemento del Plan Estatal de Residencia en donde se regulan las solicitudes para inscribirse a este tipo de subvenciones.

    El principal objetivo de las ayudas al alquiler es poder facilitar a colectivos con escasos recursos económicos el pago de la cuota de la renta en su residencia así como permanencia.

    Estas prestaciones seguirán todo el año dependiendo como se mencionó previamente, de cada comunidad autónoma. 

    Qué requisitos se solicitan para ingresar a Ayudas de Alquiler? 

    Los requisitos para el ingreso de ayudas de alquiler son los siguientes:

    • Tres veces el IPREM (de forma general);
    • Cuatro veces el IPREM a colectivos con familias numerosas e individuos con discapacidad.
    • Cinco veces el IPREM a familias numerosas singulares así como personas con diferentes grados de discapacidad. 

    El tipo de ayuda al alquiler que recibirás

    La cuantía que persigue la ayuda para el alquiler figura hasta el 40% de la renta anual.

    Es importante consultar la convocatoria que cada comunidad autónoma predispone para saber específicamente cuál será la cuantía precisa que el contratista va a poder disfrutar.

    Estas ayudas para el pago de alquiler tienden a concederse a través de periodos anuales con opción a prórroga con frecuencia. 

    Cómo sé que me han aprobado la ayuda al alquiler?

    Es una de las preguntas más frecuentes, y, tal como destacamos previamente, las ayudas dependen en demasía de la comunidad autónoma en la que te encuentres. 

    En consecuencia, no hay un procedimiento único para conocer si la ayuda ha sido aprobada.

    Por otro lado, deberá preguntar en el mismo organismo en dónde se puede solicitar la ayuda al alquiler para de esta manera saber si ya ha sido concedido la misma. 

    Existen ayudas para el pago de la cuota de arrendamiento para desempleados?

    Actualmente no se encuentran ayudas para el pago de arrendamiento de una residencia que sean concretas para individuos en situación legal de desempleo. 

    No obstante, al estar en paro es más fácil poder cumplir con los requisitos económicos que se establecen en cada una de las comunidades autónomas para estar inscritos al alquiler. 

    Algunas de las prestaciones de alquiler en comunidades autónomas

    A continuación mencionaremos algunas de las prestaciones de alquiler en ciertas Comunidades autónomas. Queremos resaltar que no son todas, ya que se abarca muchas otras comunidades: 

    Ayudas al pago de cuotas de arrendamiento en Andalucía

    Se puede subvencionar lo siguiente:

    • 40% de la renta a personas con ingresos limitados.
    • 50% para aquellos quienes tienen alrededor de 65 años.
    • Complemento de 75% en las dos ayudas solamente si se trata de personas o colectivos en situación de vulnerabilidad.

    Ayudas al pago de cuotas de arrendamiento en Aragón

    Se cuenta con 3 tipos de ayudas diferentes:

    • Ayuda para personas jóvenes.
    • Prestaciones para el resto de la población.
    • Ayudas para colectivos en situación de desahucio de su residencia actual.

    Ayudas al pago de cuotas de arrendamiento en Asturias

    Las ayudas en Asturias de alquiler tienen un máximo de 500 euros al mes durante un plazo de 6 meses.

    La misma se orienta a personas físicas y mayores de edad que cumplan con los requisitos establecidos. 

    Ayudas al alquiler Cataluña

    Las ayudas al alquiler en 2022 presentadas en Cataluña pueden alcanzar los 900 euros mensuales para familias numerosas.

    En su página oficial Generalitat de Catalunya podrás disfrutar de información valiosa para ayudas nuevas. 

    Ayudas al alquiler Valencia

    Aquellos menores de 35 años que residan en la comunidad Valenciana pueden gozar de una ayuda al alquiler de la vivienda actual la cual puede llegar hasta la mitad del pago mensual.

    Otras ayudas se integran, con prestaciones de entre 40% y 50% del pago de la renta solamente si cumple con una serie de requisitos excepcionales.

    En la aplicación de la Comunidad Valenciana podrás conocer más información sobre sus diferentes ayudas para el alquiler. 

    Ayudas al alquiler Extremadura

    Te invitamos a acceder al Portal Ciudadano de la Junta de Extremadura, ya que en ella podrás contar con información mucho más amplia de la renta de vivienda que se aplican en provincias de Cáceres y Badajoz. 

    Ayudas al alquiler Galicia

    La comunidad de Galicia proporciona dos tipos de programa para aquellas personas de necesidades excepcionales. Dichos programas son Axudas Programa Aluga y la Renda básica de emancipación.

    En su página web Xunta de Galicia encontrarás más información. 

    Ayudas al alquiler Madrid

    Se compone del Plan Alquila; en donde se conectan caseros y arrendadores para el recorte de costes y mejores precios. Las ayudas al alquiler tienen un 40% del importe de la paga mensual o el 50% si son jubilados de 65 años. 

    Menores de 35 años pueden obtener dicha ayuda con un 50% de la renta mensual.

    Ayudas al alquiler Andalucía

    Para Andalucía Tenemos un tutorial completo aquí –> Ayudas al alquiler andalucía 2022

    Preguntas frecuentes:

    Me he quedado sin empleo en esta crisis y no podía pagar el alquiler. Qué medidas se están considerando?

    El RDL 11/2020 incluye diversas medidas para inquilinos en estado vulnerable, que se pueden resumir de la siguiente manera:
    · El pago del alquiler se suspende por un máximo de 4 meses.
    · El alquiler se reduce en un 50% durante un máximo de 4 meses.
    · Financiamiento aprobado por el estado para pago de alquiler mediante crédito bancario.
    Además, el TMA / 336/2020 incorpora el nuevo plan al plan estatal de vivienda, que incluye ayudas económicas para minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de las residencias habituales; aunque esta medida aún no ha sido formulada por cada uno. comunidad autónoma, estas comunidades autónomas serán las encargadas de determinar los requisitos y procedimientos en cada una de sus comunidades autónomas.

    Si mi arrendador es una empresa o una empresa de vivienda pública o un accionista importante, qué debo hacer para suspender los pagos del alquiler?

    En primer lugar, la norma considera que los «accionistas mayores» son personas físicas o jurídicas que poseen más de diez inmuebles urbanos.
    Si su arrendador pertenece a alguna de las siguientes categorías, debe solicitar un aplazamiento temporal del alquiler. Esta es una solicitud que debe responder dentro de los siete días hábiles.
    Reducir el importe del alquiler en un 50%, con un plazo máximo de 4 meses. En principio, el pago del alquiler se aplazará para un momento posterior hasta que finalice el estado de alarma, pero este plazo se podrá ampliar mes a mes, hasta un máximo de 4 meses. Las cuotas diferidas deben pagarse en cuotas no inferiores a 3 años.
    Los inquilinos deben hacer una solicitud al propietario antes del 31 de enero de 2022

    Si mi arrendador es diferente a la persona detallada en la pregunta anterior, qué puedo hacer para suspender los pagos del alquiler?

    Si el arrendador no se encuentra en ninguna de las categorías anteriores, debe solicitar un aplazamiento temporal del pago del alquiler, que es la respuesta que debe responder visitándolo o negándolo dentro de los siete días hábiles.
    Al igual que en la situación anterior, el inquilino debe realizar una solicitud al arrendador dentro de los tres meses a partir del 2 de abril de 2020. Es decir, la solicitud debe realizarse antes del 3 de julio.

    Cuándo me dará una respuesta el arrendador?

    El arrendatario tiene un plazo máximo de 7 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la solicitud de suspensión de ejecución por parte del arrendatario.

    Qué pasa si el arrendador se niega a aprobar alguna de las medidas que solicité e incluí en el RDL 11/2020?

    Si el arrendador es una empresa o empresa de vivienda pública o un accionista mayoritario, debe elegir una de las posibilidades detalladas; si el arrendador no entra en ninguna de las categorías anteriores, no está obligado a suspender el pago del alquiler, por lo que puede solicitar financiación para seguir pagando alquiler.

    Cuál es el fondo para pagar el alquiler?

    Se trata de una garantía con cobertura nacional que tiene como objetivo permitir que los bancos brinden financiamiento a personas en situación de vulnerabilidad económica por el impacto del COVID-19.
    Orden TMA / 378/2020 de 30 de abril establece los requisitos y determina formalmente el plazo para préstamos garantizados y subsidiados por el estado;
    TMA / 924/2020, 29 de septiembre, emitida por BOE el 1 de octubre
    Tanto la orden como la TMA / 1134 / La orden de 2020 emitida por BOE el 2 de diciembre y la orden TMA / 1134/2020 del 30 de noviembre revisaron este período.
    Originalmente se esperaba que se usara para solicitudes y formalización de préstamos.
    El período final revisado es: Solicitud de préstamo: hasta el 31 de mayo de 2022; si se emite un nuevo decreto ministerial se puede extender el mandato hasta el 31 de agosto de 2022.

    Cuándo puedo reembolsar el monto del préstamo?

    El período de amortización del préstamo es de hasta seis años y puede extenderse por cuatro años más sin comisiones ni intereses.

    Al final del estado de alarma, tengo que pagar algún tipo de interés por el reembolso del alquiler?

    El arrendatario no estará sujeto a ningún tipo de multa, y el monto diferido será reembolsado al arrendador sin intereses.

    Para obtener estas medidas, qué requisitos debo cumplir para ser considerado económicamente vulnerable?

    Es comprensible que el arrendatario se encuentre en un estado económicamente vulnerable en las siguientes circunstancias:
    1. Convertirse en una persona desempleada, ERTE o reducir la jornada laboral por enfermería; si la persona es emprendedora, se incluirán otras situaciones similares que ocasionen una gran pérdida de ingresos; dentro del mes antes de que se requiera la suspensión, la siguiente cantidad deberá no exceder los ingresos totales del miembro de la unidad familiar:
    · Generalmente, el límite superior es tres veces el indicador público mensual de ingresos de impacto múltiple (en adelante, IPREM).
    · Para cada hijo dependiente en la unidad familiar, este límite aumentará en 0,1 veces el IPREM. Si se trata de una familia monoparental, el aumento aplicable por cada hijo dependiente será 0,15 veces el IPREM de cada hijo y 0,1 veces el IPREM de cada persona mayor de 65 años en la familia.
    · Para las unidades familiares que declaren una discapacidad superior al 33%, y las familias que se encuentren permanentemente imposibilitadas para realizar actividades laborales por dependencia o enfermedad, el límite establecido será cuatro veces el del IPREM, sin afectar el crecimiento acumulativo de cada hijo.
    · Si el inquilino es una parálisis cerebral con un deterioro cognitivo igual o superior al 33%, una persona con un deterioro mental o intelectual, o una persona con un deterioro físico o sensorial, una persona con un deterioro cognitivo igual o superior al 65% , o una enfermedad grave El límite esperado de enfermedades graves que impidieron su funcionamiento sería cinco veces mayor que el de IPREM.
    2. Los ingresos por alquiler más los gastos y suministros básicos (luz, gas, gasoil para calefacción, agua corriente, servicios de telecomunicaciones fijas y móviles y comunidad de propietarios) es igual o superior al 35% de los ingresos netos del siguiente grupo de personas: miembros de la unidad familiar.
    3. El inquilino o cualquier miembro de la unidad familiar no es propietario ni tiene derecho de uso de la casa española, y no se considera que el derecho sea solo una parte de la misma (copropiedad) y ya exista. Difundir a través de la herencia, haya o no un testamento.

    Tengo un contrato temporal y ya está rescindido. Qué medidas de alquiler planeo tomar? Qué pasa si finaliza el período de prueba de mi contrato?

    Estos supuestos suponen una situación de desempleo legal, por lo que los inquilinos en esta situación podrán hacer uso de las medidas contenidas en la normativa.

    Y si soy autónomo? 

    El RDL 11/2020 reconoce que los empresarios que han perdido gravemente sus ingresos por la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19 han adoptado las mismas medidas que el alquiler de su residencia habitual como la contratación de trabajadores.

    Ya estaba en paro cuando empezó la crisis y no podía pagar el alquiler … qué debo hacer?

    En este caso, no se podrán adoptar las medidas especificadas en el RDL 11/2020, ya que solo considera medidas para los inquilinos que hayan sufrido un cambio de condiciones debido a la crisis del COVID-19. Sin embargo, te recomendamos que te pongas en contacto con el centro de servicios sociales para que te brinden la asesoría necesaria.

    Mi contrato de arrendamiento vencerá en unos días … qué pasará?

    Si el período del contrato finaliza entre el 2 de abril de 2020 y el 31 de enero de 2022, puede pedirle al arrendador que extienda el contrato por hasta 6 meses; a menos que llegue a otro acuerdo, deben aceptar su solicitud.

    Qué pasa si estoy en una situación vulnerable y el propietario me demanda por no pagar?

    Puede solicitar la suspensión del proceso de desalojo para acreditar ante el tribunal que se encuentra en un estado de vulnerabilidad económica, lo que le impide encontrar otra vivienda, la situación anterior será notificada por el abogado administrativo judicial al departamento de servicios sociales competente; quien enviará el informe correspondiente.
    Si el tribunal considera que el solicitante cumple con los requisitos, ordenará la suspensión del procedimiento, independientemente de que el procedimiento se considere una medida especial temporal, y concluirá cuando la autoridad competente proporcione al solicitante una vivienda digna. Y en cualquier caso (cuando finalice el estado actual de la alarma) (9 de mayo de 2022).

    Qué pasa si el propietario también se encuentra en un estado vulnerable?

    Si el arrendador del demandante también se encuentra en una situación de vulnerabilidad social o económica por el impacto del COVID-19, el abogado administrativo judicial notificará al departamento de servicios sociales competente la definición de medidas de protección social a tomar.

    Qué pasa si ya ha iniciado el proceso de desalojo?

    Si demuestra que es social o económicamente vulnerable debido a los efectos del COVID-19, se aplicará la misma suspensión.